TRENTON
– Para establecer mejores políticas
y procedimientos en la protección
de los estudiantes del acoso o intimidación,
la Fiscal General Paula T. Dow, anunció
hoy la firma de un nuevo acuerdo que será
ejecutado por las juntas escolares y agencias
de aplicación de la Ley de New Jersey
El
Memorando Uniforme de Estado (Uniform
State Memorandum of Agreement –MOA)
revisó el acuerdo entre los funcionarios
Encargados de Educación y el sistema
Legal que fue redactada para cumplir con
las disposiciones de la Ley contra la intimidación
(Bill of Rights), promulgada por el gobernador
Chris Christie el 5 de enero de 2011. La
Ley establece las normas para prevenir,
denunciar, investigar y responder a los
incidentes relacionados con el acoso de
los estudiantes. La versión revisada
de MOA prevé la coordinación
de esfuerzos entre la policía y los
funcionarios de las escuelas, particularmente
en los casos de conducta que puede constituir
un crimen o delito de alteración
del orden bajo la ley estatal. La Oficina
del Fiscal General y el Departamento de
Educación enviaron esta semana los
acuerdos de MOA para que sean ejecutados
por los fiscales de los condados y los superintendentes
de las escuelas de los condados respectivos.
"El hostigamiento provoca un daño
incalculable a las víctimas, degrada
a los propios agresores, lo mismo que la
seguridad y el civismo en el ambiente escolar",
dijo la fiscal General Dow. "Este acuerdo
ayudará en asegurar que el personal
de la escuela y las autoridades policiales
de New Jersey efectúen el trabajo
en colaboración para investigar y
resolver los posibles delitos y actos de
intimidación en nuestras escuelas”,
añadió Dow.
La
investigación ha demostrado que el
acoso escolar tiene graves efectos negativos
en las víctimas, los acosadores y
hasta los observan los actos de intimidación.
Los efectos sobre las víctimas que
son los estudiantes incluyen problemas de
comportamiento (por ejemplo, el suicidio,
la violencia), los problemas escolares (por
ejemplo, alto ausentismo, bajo rendimiento
y falta de concentración), problemas
psicológicos (por ejemplo, depresión,
ansiedad y baja autoestima), físico
/ problemas de salud (por ejemplo, dolores
de estómago, mareos y dolores de
cabeza) y problemas sociales (por ejemplo,
dificultad para hacer amigos, para adaptarse
a su medio ambiente, la soledad). Los intimidadores
tienen más probabilidades de involucrarse
en peleas, robar y destrozar la propiedad,
beber licor o fumar, portar armas, reciben
bajas calificaciones y perciben el entorno
escolar como algo negativo, de acuerdo con
la investigación.
La
versión revisada del MAO ha sido
desarrolladla por la Oficina del Fiscal
General el Departamento de Educación
y el Grupo de Aplicación de la Ley
de Trabajo basado en principios de memorandos
de acuerdos emitidos en 1988, 1992, 1999
y 2007. Luego fue desarrollado tras realizar
consultas con las comunidades de la educación
y las agencias policiales en New Jersey.
La versión revisada de MAO se preparó
para su aprobación por la policía
local y por todos los distritos escolares
públicos.
La ley contra la intimidación y sus
derechos, requiere que cada distrito escolar
adopte una política que prohíba
el "acoso, intimidación u hostigamiento",
tal como se define en el acto. Las normas
de MOA establecen que mientras el acto no
ha creado un delito de "intimidación"
(bullying) de conducta, puede violar una
o más disposiciones del Código
Penal de New Jersey si se incluye, por ejemplo,
asalto, delitos de hostigamiento, amenazas,
robo o ataque sexual. Al igual que en versiones
anteriores MAO y los funcionarios de las
escuelas estuvieron de acuerdo en remitir
los casos a la policía cuando creen
que ciertos delitos se han cometido.
En
el pasado, las escuelas normalmente podían
suspender sus propias investigaciones en
estos casos, en deferencia a que las agencias
policiales ejecuten la investigación
policial y han sido completadas. Sin embargo,
la ley contra la intimidación, para
completar las investigaciones de acoso,
intimidación etc. deberá efectuarse
dentro de 10 días. Como resultado
es fundamental una adecuada coordinación
entre las autoridades escolares y las autoridades
policiales. La versión revisada por
MAO, establece normas para mejorar las escuelas
y hacer cumplir la ley respecto a la comunicación
y el intercambio de información,
la preservación de pruebas, la coordinación
de investigaciones y testimonios en las
audiencias de la escuela y la conducta del
estudiante.
En
la versión revisada por MAO los funcionarios
de las escuelas y las autoridades policiales
se comprometen revisar en forma conjunta
los temas, el plan de continuar con sus
respectivas investigaciones. MAO, indica
que la policía puede solicitar que
una escuela no debe entrevistar a los testigos
o no buscar pruebas para evitar interferir
con una investigación penal en curso.
Las autoridades policiales están
de acuerdo en declarar en relación
a cualquier suspensión o audiencia
de expulsión, siempre que la información
se mantenga confidencial y previo aviso
a la oficina del fiscal del Condado, que
puede impedir esos testimonios en los que
pudiera interferir con una investigación
o enjuiciamiento en curso.
Policía está obligada en virtud
de la revisión de MAO en notificar
al director de la escuela cuando un estudiante,
los padres del estudiante o tutor informa
a la policía que un estudiante ha
sido víctima de acoso o intimidación,
siempre y cuando el delincuente, un menor
de edad, ha sido acusado o está bajo
investigación por un delito penal
en los casos en que la información
puede ayudar a la escuela a mantener el
orden, la seguridad o la disciplina, o donde
pueda ayudar a la escuela en la colocación
de los ofensores en programas apropiados.
Funcionarios de las escuelas, a su vez,
acordaron informar a los estudiantes que
ellos pueden ser reportados a la policía
por un presunto delito, sin embargo los
funcionarios de las escuelas no están
para expresar una opinión a la víctima
como si un delito ha sido cometido. La versión
revisada de MAO, también ofrece orientación
con respecto a la obligación legal
de los agentes del orden para ayudar a los
oficiales de las escuelas. Por ejemplo,
cuando sea factible, la policía debe
acompañar a los agentes de asistencia
a los hogares de los estudiantes en los
casos en que los funcionarios de asistencia
tienen preocupaciones por su seguridad.
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