NEWARK-La
División de Apelación de la
Corte Superior, ha sostenido la decisión
previa en favor de la División de Asuntos
del Consumidor en separadas demandas en contra
de una compañía de Indiana y
otra de Rhode Island que vendieron aquí
cerca de 14,000 yo-yo waterballs a los consumidores
a pesar de estar prohibidos por una ley estatal
establecida en el 2008 que prohíbe
juguetes peligrosos.
La
División de Asuntos del Consumidor
puso la demanda en Junio del 2009 en contra
de Indiana Novelty International, Inc.,
que también hace negocios como Kipp
Brothers y que vendió 444 yo-yo waterballs
en Nueva Jersey después que tuvo
efecto la prohibición. En Diciembre
del 2009 la División puso una demanda
en contra de Rhode Island Novelty, Inc.,
también haciendo negocios como RINCO,
que vendió 13,344 yo-yo waterballs
después de haberse establecido la
ley.
La
División Civil de la Corte Superior
de Nueva Jersey dictaminó en contra
de las dos compañías en casos
separados. Se ordenó a la Indiana
Novelty International, Inc en Agosto del
2010 que pagara $54,300 en multas civiles,
y además $13,000 de reembolso al
Estado por costos de investigación
y abogados. Se ordenó en Diciembre
del 2010 que Rhode Island Novelty, Inc pagara
$190.000 en multas civiles y además
$12,000 al Estado de reembolso por costos
de investigación y de abogados.
El
día 20 de Diciembre del 2011, la
División de Apelación sostuvo
las dos decisiones, determinando que la
apelación de los demandados carecía
de mérito. Los demandados no disputaron
el hecho de que vendieron los juguetes prohíbidos
pero argumentaron que las multas eran excesivas,
y que la División de Asuntos del
Consumidor erró en no darles un "periodo
de gracia" antes de implementar el
Acta de los yo-yo waterballs
La
División de Apelación anotó
en cada decisión que las multas eran
más bajas de la máxima multa
permitida por el Acta de los yo-yo waterballs
de $10,000 por la primera ofensa y $20,000
por cada subsecuente. En cuanto al argumento
de los demandados acerca del "periodo
de gracia," la División de Apelación
anotó que aunque el Acta se hizo
ley el día 3 de Enero del 2008, no
se puso en efecto hasta el 1º de Abril
del 2008, y que la División no estaba
obligada a notificar a cada presunto vendedor
de yo-yo waterballs antes de implementar
la prohibición.
"Estamos
hablando de juguetes que se sabe se han
enrollado alrededor de la garganta de niños,
causando estrangulación," dijo
el Director de la División Thomas
R. Calcagni. "Cualquiera que vea un
yo-yo waterball ofrecido en Nueva Jersey
como premio o regalo debe ponerse en contacto
con nosotros inmediatamente. Los negocios
pueden apoyar la seguridad de los niños
siguiendo la ley y no deben vender juguetes
peligrosos en Nueva Jersey."
Los
yo-yo waterballs son juguetes baratos que
consisten en una bola de goma llena de líquido
y un cordón elástico. El condón
tiene un bucle donde se mete el dedo y puede
extenderse a tres pies cuando se balancea.
En algunos casos, el cordón elástico
se ha arrollado en la garganta cortandoles
el aliento a los niños..
El
día 3 de Junio del 2003, la niña
Sidney Blacker, entonces de cinco años,
sufrió daño de estrangulamiento
de un yo-yo waterball de los Kipp Brothers,
que obtuvo en una feria en la escuela. El
juguete fue comprado de Kipp Brothers por
la Parent Teacher Association en Mayo, después
que el Acta de yo-yo waterballs se puso
en efecto. Sidney sufrió heridas
de vasos sanguíneos reventados ante
de que su madre pudiera remover el cordón
arrollado en la garganta.
La
investigadora Aziza Salikov de la Sección
de Protección para el Consumidor
de la División de Asuntos del Consumidor
condujo la investigación. El Delegado
del Fiscal General Jah-Juin Ho de la Sección
de Protección de Fraude al Consumidor
representó al Estado en esta acción.
Los
consumidores que creen que han sido defraudados
por un negocio o sospechan fraude o abuso
a los consumidores pueden poner una queja
con el Estado yendo a la División
de Asuntos del Consumidor y descargar un
formulario en: www.njconsumeraffairs.gov/espanol/spcomplaint/queja.pdf
o llamar el número: 1-800-242-5846
(gratis si llama desde Nueva Jersey) o al
973-504-6200
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