Adoption
In English

El Registro de Adopción de la DCP&P facilita el contacto entre los miembros de la familia biológica y los niños adoptados cuyas adopciones se tramitaron mediante la DCP&P o sus agencias predecesoras: la División de Servicios a Jóvenes y Familias (Division of Youth and Family Services), Oficina de Servicios Infantiles (Bureau of Children's Services), la Junta Estatal de Bienestar Infantil (State Board of Child Welfare) o la Junta Estatal de Tutores de Menores (State Board of Children's Guardians).  Los servicios de registro no se ofrecen a los miembros de la comunidad adoptiva cuyas adopciones se tramitaron independientemente (mediante abogados) o mediante agencias de adopción privadas.

El Registro proporciona los servicios siguientes:

  • Inscripción
  • Información sobre antecedentes sin identificación de personas
  • Servicios limitados de búsqueda
  • Información y referencias

Inscripción

Las personas adoptadas adultas, los padres adoptivos de menores adoptados y los padres biológicos que deseen registrarse deben completar el formulario de solicitud que incluye información de identificación sobre ellos mismos y la o las personas con las que desean comunicarse. Una vez que se tramita la solicitud, la información se introduce en el Registro. El Registro no dará a conocer esta información, sino que notificará a las personas registradas si el miembro familiar que buscan solicita su inscripción en el Registro.

Los que se registren también pueden enviar tarjetas o cartas para que se adjunten a su solicitud del Registro. Este material permanece en el Registro y puede enviarse cuando los miembros de la familia que buscan se comuniquen con el Registro.

Las solicitudes pueden obtenerse del Registro y deben actualizarse cuando haya cambios en los apellidos, las direcciones vigentes o los números telefónicos. Las personas en el registro pueden retirar su solicitud en cualquier momento.

Información de antecedentes sin identificación

El Registro puede proporcionar información sin identificación a las personas adoptadas adultas y a los padres adoptivos de menores adoptados. La información sin identificación obtenida de los registros de casos incluye la información de nacimiento y el historial de colocación de las personas adoptadas.

También puede incluir:

  • Las características médicas y sociales de los miembros familiares biológicos
  • Historiales de salud de la familia
  • Ciertos hechos y circunstancias relacionados con la colocación en adopción
  • Resúmenes del material de los registros de casos. No se pueden divulgar copias de los registros de casos en sí.


El Registro puede proporcionar a los miembros de la familia biológica información sobre los eventos que condujeron a la colocación en adopción de la persona adoptada. No puede darse a conocer información de identificación o vigente sobre la persona adoptada o la familia adoptiva.