New Jersey refuerza la supervisión de los servicios de asistencia a domicilio de Medicaid para proteger la integridad del programa

Los nuevos requisitos de verificación electrónica de las visitas mejorarán la rendición de cuentas y contribuirán a garantizar que los fondos de Medicaid se destinen a financiar los servicios prestados a los miembros de NJ FamilyCare

24 de septiembre de 2026

(TRENTON) – Hoy, el Departamento de Servicios Humanos de New Jersey anunció el refuerzo de los requisitos de supervisión para los servicios de asistencia personal y de atención sanitaria a domicilio financiados por Medicaid, lo que refuerza el compromiso del Estado con la integridad del programa y la gestión responsable del dinero de los contribuyentes.

A partir del 1 de enero, los proveedores de asistencia sanitaria que atienden a los afiliados a NJ FamilyCare a través de la atención gestionada deberán cumplir las normas actualizadas de verificación electrónica de visitas (EVV, por sus siglas en inglés). Estos requisitos garantizan que los proveedores verifiquen y documenten con precisión los servicios, y que los pagos de Medicaid cubran únicamente los servicios que los proveedores prestan realmente.

“New Jersey se compromete a proteger la integridad de NJ FamilyCare y a garantizar que cada dólar de Medicaid se utilice según lo previsto para proporcionar asistencia a las personas que la necesitan”, dijo el comisionado Stephen Cha. “El refuerzo de la Verificación Electrónica de Visitas nos proporciona otra herramienta importante para garantizar que los servicios se presten, se documenten correctamente y se paguen de forma adecuada”.

La EVV es un sistema, basado en la web, que ayuda a confirmar que los servicios autorizados de NJ FamilyCare se prestan según lo programado. Registra información básica sobre cada visita, incluyendo qué servicio se prestó, quién lo recibió y quién lo prestó, la fecha y el lugar, así como la hora de inicio y término del servicio. Los proveedores pueden utilizar una llamada telefónica, una aplicación para smartphone o un dispositivo EVV gratuito en el domicilio para registrar esta información. La EVV se utiliza para todos los servicios de cuidados personales desde enero de 2021 y para todos los servicios de asistencia sanitaria a domicilio desde enero de 2023.

Desde la implantación de la EVV, el Departamento ha identificado a proveedores que modifican manualmente un gran volumen de visitas, lo que suscita preocupaciones sobre la integridad del programa. Según los requisitos actualizados, los proveedores deben verificar electrónicamente al menos el 80% de las visitas que requieren el uso de la EVV, quedando excluidas del cálculo de cumplimiento determinadas circunstancias identificadas por el Estado.

“La integridad del programa tiene que ver con la rendición de cuentas ante nuestros miembros de NJ FamilyCare, ante los proveedores que cumplen las normas y ante los contribuyentes de New Jersey”, dijo la Vicecomisionada Valerie Mielke. “Estos requisitos tienen por objeto reforzar la precisión de la facturación de Medicaid y generar una mayor confianza en que los servicios que se pagan son los que realmente se prestan”.

Los proveedores dispondrán de un periodo de adaptación de tres meses, desde el 1 de octubre hasta el 31 de diciembre, para prepararse para los nuevos requisitos. A partir del 1 de enero, los proveedores que modifiquen o confirmen manualmente más del 20% de las visitas que requieren el uso de la EVV no cumplirán con los requisitos.

El Estado aplicará un enfoque progresivo para abordar el incumplimiento continuado. En primer lugar, los proveedores podrán recibir una notificación de incumplimiento y, si el problema persiste, es posible que no reciban nuevas derivaciones. El incumplimiento continuado puede dar lugar, en última instancia, a la rescisión del contrato de atención gestionada del proveedor.

“Una sólida integridad del programa protege a todas las personas que dependen de Medicaid, especialmente a aquellas que reciben cuidados en sus hogares”, dijo Greg Woods, de la División de Asistencia Médica y Servicios de Salud. “Queremos que los proveedores tengan éxito, y este periodo de implementación les da tiempo para comprender los requisitos y asegurarse de que sus sistemas y prácticas estén preparados. Al mismo tiempo, debemos contar con las garantías adecuadas cuando se facturan y pagan los servicios de Medicaid”.

El Departamento evaluará el cumplimiento de la EVV mensualmente. Las organizaciones de atención gestionada informarán de los proveedores que superen el nivel permitido de modificaciones manuales. El Estado también llevará a cabo una conciliación periódica de las unidades de servicio facturadas con las visitas confirmadas en el sistema EVV. El Departamento podrá recuperar las unidades de servicio reembolsadas cuando los proveedores no registren la visita confirmada correspondiente en el sistema EVV.

Los proveedores deben cumplir los requisitos de la EVV, además de los requisitos de documentación ya existentes. Los proveedores deben seguir manteniendo la documentación que acredite los servicios que prestan y facturan.

Los requisitos actualizados se aplican a los servicios de asistencia para el cuidado personal y a los servicios de atención sanitaria a domicilio cubiertos por la obligación federal de la EVV en virtud del artículo 12006(a) de la Ley de Curas del Siglo XXI.

Para obtener más información, incluido cómo el Departamento protege los datos de los pacientes, los proveedores pueden visitar la página web sobre la EVV de la División de Asistencia Médica y Servicios de Salud del DHS aquí.