El NJDOL Emite una Orden de Cese de Trabajo a un Bar en Trenton por Violaciones del Salario Mínimo y Tasas de Horas Extras, Registros Incompletos, Salarios no Pagados y Falta de Pago de Licencias por Enfermedad Ganadas
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16 de diciembre, 2024
TRENTON – Investigadores de la División de Cumplimiento de Salarios y Horas de Trabajo del Departamento de Trabajo y Desarrollo de la Fuerza Laboral de Nueva Jersey (NJDOL) emitieron la siguiente orden de cese de trabajo el 10 de diciembre de 2024:
Empleador: George C.'s Tavern
Ubicación del trabajo: 1849 South Clinton Ave. Trenton, N.J., 08610
Tipo de Trabajo:El establecimiento es un bar
Categoría SWO:Aplicación General de la Ley
Detalles: El 10 de diciembre de 2024, el NDOL emitió una orden de cese de trabajo a George C.’s Tavern. El caso está a la espera de notificación de solicitud de audiencia.
Violaciones: Tasa de salario mínimo; tasa de horas extra; registros incompletos; incumplimiento de pago de Licencia por Enfermedad Ganada; registros de Licencia por Enfermedad Ganada; salarios no pagados.
Evaluaciones Monetarias:Salarios $4,607.47; Tarifas $460.75; Penalidades $7,150.
Trabajadores afectados:5
NJDOL ha emitido 179 órdenes de cese de trabajo desde que estos poderes se ampliaron en julio de 2019.
Las órdenes de cese de trabajo son iniciadas por la NJDOL para detener el trabajo que se realiza de manera que explota a los trabajadores o que no cumple con las leyes y regulaciones estatales. En casos de Aplicación General, se realiza una evaluación contra una empresa que se encuentra en violación de las leyes y regulaciones de Salario y Horas. Si el empleador no impugna o paga la evaluación dentro del período de tiempo legal, se puede emitir una orden de cese de trabajo después de que se le notifique al empleador con siete días de anticipación. La orden de cese de trabajo permanece en vigor hasta que el empleador pague completamente la multa.
La NJDOL continúa monitoreando los lugares donde se han emitido órdenes de cese de trabajo. Los trabajadores deben recibir su salario durante el tiempo que la orden de cese de trabajo esté en vigor, por un período de hasta 10 días. La orden de cese de trabajo puede ser levantada si y cuando se hayan pagado todos los salarios atrasados pendientes y las tarifas administrativas, y se hayan resuelto todos los problemas relacionados.
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