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Department of Labor & Workforce Development

NJDOL Emite Orden de Suspensión de Trabajo a Contratista de Paneles de Yeso de Pensilvania en Proyecto de Escuelas del Municipio de Riverside

PARA PUBLICACIÓN INMEDIATA

12 de septiembre de 2005

TRENTON – Investigadores de la División de Cumplimiento de Salarios y Horas del Departamento de Trabajo y Desarrollo de la Fuerza Laboral de Nueva Jersey (NJDOL) emitieron la siguiente orden de suspensión del trabajo el 5 de septiembre de 2025: 

Empleador: R.V. Drywall Inc. de Media, Pa. (subcontratista)
Ubicación de trabajo: 
Distrito Escolar Público del Municipio de Riverside en Riverside, N.J.
Tipo de Trabajo: Instalación de paneles de yeso en aulas modulares
Categoría de la orden de cese de trabajo: Construcción de Obras Públicas
Detalles: 
R.V. Drywall Inc. fue contratada para el proyecto por el contratista principal Modular Genius de Joppa, Md.
Violaciones: No clasificar adecuadamente a los empleados; clasificación incorrecta de trabajadores de la construcción; no registrarse.
Trabajadores afectados: 
3 

El NJDOL ha emitido 203 órdenes de suspensión del trabajo desde que estos poderes fueron ampliados en julio de 2019.

Las órdenes de suspensión del trabajo son iniciadas por el NJDOL para detener trabajos realizados de manera que exploten a los trabajadores o que no cumplan con las leyes y regulaciones estatales. Un empleador puede apelar una orden de suspensión del trabajo, en cuyo caso el NJDOL tiene siete días para programar una audiencia.

El NJDOL continúa monitoreando los lugares donde se han emitido órdenes de suspensión del trabajo y puede imponer sanciones civiles de $5,000 por día a un empleador que realice negocios en violación de la orden. La orden de suspensión del trabajo puede ser levantada si y cuando se hayan pagado los salarios atrasados y multas pendientes y se hayan resuelto todos los problemas relacionados.

El NJDOL y sus socios en el Departamento de Asuntos Comunitarios de Nueva Jersey y el Departamento de Educación de Nueva Jersey enviaron cartas directas recordando a los gobiernos locales y a las juntas de educación sus responsabilidades bajo la Ley de Salario Predominante de Nueva Jersey. 

El NJDOL mantiene un registro de contratistas de obras públicas registrados que debe ser consultado por cualquier agencia o entidad gubernamental antes de contratar para un proyecto de obras públicas. Hacerlo puede ayudar a evitar retrasos innecesarios en los proyectos y costos adicionales para empresas, escuelas, entidades gubernamentales y contribuyentes. La lista contiene miles de negocios y se puede buscar por nombre, dirección, fecha de registro y número de certificado.

Además, se requiere que los contratistas de obras públicas registrados participen en programas de Aprendizaje Registrado, lo cual garantiza que los fondos públicos contribuyan a la capacitación de los trabajadores de Nueva Jersey en el sector de la construcción.

Para obtener más información sobre beneficios y protecciones para los trabajadores, por favor visite myworkrights.nj.gov.

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